Informamos de las siguientes convocatorias en materia de turismo del Gobierno de Aragón, publicadas en el Boletín Oficial de Aragón nº 100, de 26 de mayo de 2016:
· ORDEN VMV/459/2016, de 19 de mayo, por la que se convocan subvenciones con destino a entidades privadas turísticas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas entidades privadas sin ánimo de lucro de ámbito autonómico o provincial, y debidamente inscritas en el registro de la Comunidad Autónoma correspondiente, cuyo objeto social sea la promoción turística o desarrollen un proyecto turístico o gastronómico en Aragón. Las entidades de ámbito territorial más reducido se considerarán excepcionalmente beneficiarios de las subvenciones convocadas si las acciones planteadas en los proyectos a presentar destacan tanto por la consecución de los objetivos expresados en el Plan Aragonés de Estrategia Turística como por la proyección del destino turístico.
Se considerarán actuaciones subvencionables aquellas que desarrollaren la promoción y difusión de la oferta del sector turístico aragonés, los recursos disponibles, que den lugar a una mayor asistencia a actos de promoción turística, ferias, mejora de páginas web, redes sociales y edición de folletos, al objeto de consolidar Aragón como destino turístico competitivo.
La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 80% de los gastos subvencionables , sin que su cuantía pueda ser inferior a 1.000,00€ ni superior a 100.000,00€.
Plazo de presentación de solicitudes: 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.
Toda la información en el siguiente enlace: www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=909498203939
· ORDEN VMV/460/2016, de 19 de mayo, por la que se convocan subvenciones a fondo perdido con destino a empresas para actuaciones de infraestructura turística.
Esta orden tiene por objeto la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas a financiar hasta un máximo del 20% o 30% de la ejecución de determinadas infraestructuras turísticas previstas en el artículo cuarto de esta norma que sean realizadas por Pequeñas y Medianas empresas turísticas. Quedan excluidos bares y establecimientos de similar condición que no incorporen oferta de alojamiento, así como las viviendas de uso turístico y agencias de viajes.
La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 20% o 30% de los gastos subvencionables, sin que su cuantía pueda ser inferior a 1.000,00€ ni superior a 100.000,00€
Plazo de presentación de solicitudes: 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.
Toda la información en el siguiente enlace: www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=909500223939
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